NIA 550
PARTES
VINCULADAS
Esta Norma Internacional de
Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que
respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una
auditoría de estados financieros.
Los objetivos del auditor son: la
obtención de conocimientos suficiente de las relaciones y transacciones
realizadas con las partes vinculadas para poder reconocer, los factores de
riesgos de fraude debido a las relaciones y transacciones con las partes vinculadas,
que sean relevantes para la identificación
material debido a fraude y concluir sobre la base de la evidencia de auditoría
obtenida.
Asimismo de los casos en los que el
marco de información aplicable establezca requerimientos sobre partes vinculadas,
la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si las
relaciones y transacciones con las partes vinculadas se han identificado
adecuadamente en los estados financieros.
Transacción realizada en condiciones
de independencia mutua: una transacción realizada entre partes interesadas, no
vinculadas, y que actúan de forma independiente entre sí y persiguiendo cada
una sus propios intereses.
Requerimientos:
Procedimientos de valoración del
riesgo y actividades relacionadas Como parte de los procedimientos de
valoración del riesgo y las actividades relacionadas que la
NIA 315 y la NIA 240 requieren que
el auditor lleve a cabo durante la realización de la auditoría.
Durante la realización de la auditoria,
al inspeccionar los registros o documentos el auditor mantendrá una especial
atención a aquellos acuerdos u otra información que puedan indicar la
existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección
no hubiese identificado o revelado al auditor.
En el caso de que, al aplicar los
procedimientos de auditoría o mediante otros procedimientos de auditoría, el
auditor identifique la existencia de transacciones significativas ajenas al
curso normal de los negocios, indagará ante la dirección sobre:
- La naturaleza de dichas
transacciones;
- La posibilidad de que participaran
en ellas partes vinculadas.
El auditor compartirá con los restantes
miembros del equipo del encargo la información a relevante obtenida sobre las
partes vinculadas a la entidad.
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