viernes, 14 de noviembre de 2014

Resumen NIA 510

RESUMEN NIA 510
ENCARGOS INICIALES DE AUDITORIA – SALDOS DE APERTURA

Esta norma internacional de Auditoria trata de la responsabilidad que tiene el auditor en relación con los saldos de apertura en un cargo inicial de auditoría. Además de los importes que figuran en los estados financieros, los saldos de apertura incluyen cuestiones cuya existencia al inicio del periodo debe ser revelada.
Objetivo: para la realización de un cargo inicial de auditoría , el objetivo del auditor, con respecto a los saldos de apertura, consiste en obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si; los saldos de apertura contienen incorrecciones que pueden afectar de forma material a los estados financieros del periodo actual.
El auditor leerá los estados financieros más recientes, en su caso y el correspondiente informe de auditoría del auditor predecesor, si lo hubiera, en busca de información relevante en relación con los saldos de apertura, incluida la información revelada.
El auditor obtendrá evidencia de auditoría s510uficiente y adecuada sobre si, en los estados financieros del periodo actual, se han aplicado de manera congruente las políticas contables reflejadas en los saldos de apertura.
Si el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los saldos de apertura, expresara una opinión con salvedades o denegara la opinión sobre los estados financieros.
La naturaleza y extensión de los procedimientos de auditoría necesarios para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en relación con los saldos de apertura dependen de cuestiones tales como:
-          Las políticas contables aplicadas por la entidad
-          La significatividad de los saldos de apertura en relación con los estados financieros del periodo actual.
La NIA 705 establece requerimientos y proporciona orientaciones sobre las circunstancias que puedan llevar al auditor a expresar una opinión modificada sobre los estados financieros, sobre el tipo de opinión que resulta adecuado según las circunstancias y sobre el contenido del informe de auditoría cuando el auditor expresa una opinión modificada.




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