NIA
700
FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORIA SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Trata de la responsabilidad que
tiene el auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros. También
trata de la estructura y el contenido del informe de auditaría emitido como
resultado de una auditaría de estados financieros.
Objetivos: Los objetivos del
auditor son:
1. la formación de una opinión
sobre los estados financieros basada en una evaluación de las conclusiones
extraídas de la evidencia de auditaría obtenida; y
2. la expresión de dicha opinión con claridad
mediante un informe escrito.
Estados
financieros con fines generales: los estados financieros preparados de
conformidad con un marco de información con fines generales.
Marco de información con fines
generales: un marco de información financiera diseñado para satisfacer las
necesidades comunes de información financiera de un amplio espectro de
usuarios. El marco de información financiera puede ser un marco de imagen fiel
o un marco de cumplimiento.
Formación de la opinión sobre
los estados financieros
El auditor se formará una opinión
sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos
materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
El auditor evaluará si los estados
financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de
conformidad con los requerimientos del marco de información financiera
aplicable. Dicha evaluación tendrá también en consideración los aspectos
cualitativos de las prácticas contables de la entidad, incluidos los
indicadores de posible sesgo en los juicios de la dirección.
Tipo de opinión
El auditor
expresará una opinión no modificada (favorable) cuando concluya que los estados
financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de
conformidad con el marco de información financiera aplicable.
El auditor expresará una opinión
modificada en el informe de auditaría, de conformidad con la NIA 705
(Revisada), cuando:
1. concluya
que, sobre la base de la evidencia de auditaría obtenida, los estados
financieros en su conjunto no están libres de incorrección material; o
2. no pueda obtener evidencia de
auditaría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su
conjunto están libres de incorrección material.
NIA
705
OPINIÓN MODIFICADA EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE
Trata de la responsabilidad
que tiene el auditor de emitir un informe adecuado en función de las
circunstancias cuando, al formarse una opinión de conformidad con la NIA 700,
concluya que es necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros.
Esta NIA establece tres tipos de opinión modificada, denominadas:
opinión con salvedades, opinión desfavorable (adversa) y denegación
(abstención) de opinión.
La decisión sobre el tipo de
opinión modificada que resulta adecuado depende de:
1.
la naturaleza de la cuestión que origina la
opinión modificada, es decir, si los estados financieros contienen
incorrecciones materiales o, en el caso de la imposibilidad de obtener
evidencia de auditaría suficiente y adecuada, si pueden contener incorrecciones
materiales; y
2.
El juicio del auditor sobre la generalización de
los efectos o posibles efectos de la cuestión en los estados financieros.
Objetivo: El objetivo del
auditor es expresar, con claridad, una opinión modificada adecuada sobre los
estados financieros cuando:
1. el auditor concluya que, sobre la base de la
evidencia de auditaría obtenida, los estados financieros en su conjunto no
están libres de incorrección material; o
2. el auditor no pueda obtener evidencia de
auditaría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su
conjunto están libres de incorrección material.
Generalizado:
término utilizado, al referirse a las incorrecciones, para describir los
efectos de éstas en los estados financieros o los posibles efectos de las
incorrecciones que, en su caso, no se hayan detectado debido a la imposibilidad
de obtener evidencia de auditaría suficiente y adecuada.
Opinión
modificada: opinión con salvedades, opinión desfavorable
(adversa) o denegación (abstención) de opinión sobre los estados financieros.
El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditaría cuando:
1.
concluya, sobre la base de la evidencia de
auditaría obtenida, que los estados financieros en su conjunto no están libres
de incorrección material;
2.
No pueda obtener evidencia de auditaría
suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto
están libres de incorrección material
Opinión con salvedades:
El auditor expresará una opinión con salvedades cuando:
1. habiendo
obtenido evidencia de auditaría suficiente y adecuada, concluya que las
incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son materiales, pero no
generalizadas, para los estados financieros; o
2. el auditor no pueda obtener evidencia de
auditaría suficiente y adecuada en la que basar su opinión, pero concluya que
los posibles efectos sobre los estados financieros de las incorrecciones no
detectadas, si las hubiera, podrían ser materiales, aunque no generalizados.
Opinión desfavorable
(adversa): El auditor expresará una opinión desfavorable (adversa)
cuando, habiendo obtenido evidencia de auditaría suficiente y adecuada,
concluya que las incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son
materiales y generalizadas en los estados financieros.
Denegación (abstención) de opinión: El auditor denegará la
opinión (se abstendrá de opinar) cuando no pueda obtener evidencia de auditaría
suficiente y adecuada en la que basar su opinión y concluya que los posibles
efectos sobre los estados financieros de las incorrecciones no detectadas, si
las hubiera, podrían ser materiales y generalizados.